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Las pesetas festejeras

El artículo transcrito aquí abajo fue publicado en el diario republicano El País (que nada tiene que ver con el actual El País del grupo Prisa) el jueves 30 de agosto de 1917, nº 10.929, y nos cuenta como el alcalde de Cabrales de aquel entonces organizó una segunda inauguración del comienzo de las obras de la carretera que debía unir Arenas con la provincia de León por la Garganta del Cares para, al parecer, correrse una juerga, y luego intentar reiteradas veces que el Municipio pagara tales festejos con la adquiciencia del gobernador civil de la provincia de Oviedo, que suponemos del mismo partido.

Necesidad de la autonomía municipal
Extralimitación política de un gobernador

Con motivo de la inauguración de las obras de la carretera que irá de Arenas de Cabrales a Portilla de La Reina (León) el ayuntamiento de Cabrales acordó, en sesión celebrada el 20 de Agosto de 1916 sufragar los gastos que originase dicha inauguración, y esta se celebró el día 1 de Octubre, con la asistencia del representante del señor ministro de Fomento, en nombre de S. M. y del Gobierno.
A dicha inauguración, no ha querido asistir el señor alcalde de este concejo, a pesar de habérselo rogado los concejales Sres. Herrero, López, Díaz (D. Nicanor) y el que suscribe, quienes en compañía del periodista madrileño D. Domingo Blanco, fuimos a su casa, a las diez de la mañana del mismo día.
Como el señor alcalde estaba autorizado por el Ayuntamiento para hacer las invitaciones, y estas aún no estaban hechas, los concejales le advertimos, que una vez que las invitaciones no las había hecho y la inauguración se iba a celebrar aquel mismo día, a las once de la mañana, con la asistencia del representante del señor ministro de Fomento, del delegado del señor ministro de la Gobernación y del señor gobernador civil y del ingeniero jefe de la provincia, Sr. Quiroga y otras personalidades políticas, que no las hiciese, pues el Ayuntamiento, no sufragaría más gastos de inauguración que los que originase la que se iba a celebrar ese mismo día. Pero como dicha inauguración no costó un real al Ayuntamiento porque varios particulares se apresuraron a pagarlo, el alcalde y cuatro concejales que le siguieron, determinan hacer otra inauguración porque sí, porque así se les presentaba a ellos una ocasión de invitar a sus amigos a correr una juerga a cuenta del Municipio de Cabrales, y para ello determinan que sea el día 10 de Octubre.
En vista de que el señor alcalde y sus cuatro concejales se mantenían en sus trece de celebrar otra inauguración, los concejales don Manuel Herrero, D. José López, D. Nicanor Díaz y el que suscribe, se vieron en la necesidad de pedir una sesión extraordinaria para volver sobre el acuerdo del 20 de Agosto, la cual se celebró el 7 de Octubre.
En la votación hubo empate, y como el voto del alcalde decide, llevaron a cabo tan descabellada y caprichosa idea de celebrar otra inauguración el día 10 de Octubre, y para ello pedir permiso al contratista D. Manuel Posada, contestándole este señor en un periódico de la localidad, titulado "El Pueblo", "que las obras se habían inaugurado el día 1 de Octubre, y no permitiría que nadie interrumpiese a sus obreros; pero que si era gusto suyo o de algún amigo, dar unos barrenos los diesen en algún punto y a tiempo que no interrumpiesen a los trabajadores.
Entonces el alcalde mandó preparar unos barrenos, y el día 10, a las once de la mañana, allá fueron él, sus cuatro concejales y varios de sus amigos.
Total, que en dicha juerga han gastado 1.133,25 pesetas, las que quieren que el Municipio las pague.
Se forma un presupuesto extraordinario incluyendo entre otras la partida de 1.640,25 pesetas que se habían gastado en la reparación de la casa Ayuntamiento, y otras 300 pesetas para la construcción de un puente vecinal del pueblo de Berodia, y la partida de las 1.133,25 pesetas gastadas por cinco concejales en la juerga del 10 de Octubre. Pero al aprobarlo la Junta municipal, rechazó la partida de la juerga la mayoría de la Junta, y sólo votaron en pro, como es de suponer, los juerguistas.
Fue el presupuesto a la aprobación del señor gobernador civil, y este lo desaprueba por no haber incluido en él la cantidad suficiente para reparar los muros del cementerio municipal del pueblo de Arenas.
Nuevamente se convoca a la Junta municipal para la aprobación del presupuesto extraordinario ya rectificado, y nuevamente se rechaza la inclusión de las 1.133,25 pesetas de la juerga, e incluyendo 150 pesetas para la reparación del cementerio municipal del pueblo de Arenas.
Como urgía pagar cuanto antes a los obreros que habían trabajado en el Ayuntamiento, se mandó inmediatamente a la aprobación del señor gobernador, y este lo devuelve diciendo que antes que ningún presupuesto extraordinario, estaba el ordinario para 1917, que aún no se había mandado a su aprobación. (Esto era el 25 de Diciembre de 1916).
Se aprueba por Junta municipal el presupuesto ordinario de 1917, y se manda a la aprobación del señor gobernador, y este lo aprueba.
Seguidamente se convoca a la Junta municipal para aprobar el presupuesto extraordinario, el cual se aprueba por mayoría, menos la inclusión de las pesetas gastadas en la juerga que los señores juerguistas, descaradamente, querían incluir.
Esta vez se habían incluido en dicho presupuesto 672 pesetas para reparación de edificios escolares. Y al mandarlo a la aprobación del señor gobernador… lo devuelve, y dice que como no se determina los edificios que han de ser reparados con las 672 pesetas, devuelve el presupuesto para su rectificación.
Y mientras tanto, los obreros que trabajaron en el Ayuntamiento, sin cobrar una peseta…
El alcalde convoca nuevamente a la Junta municipal para aprobar (que ya es aprobar, ¿eh?) nuevamente el presupuesto extraordinario, siendo aprobado por la mayoría de la Junta, excluyendo, por supuesto, las 1.133,25 pesetas, más 189,25 que el alcalde quiere aumentar, haciendo un total de 1.322,50 pesetas que los señores juerguistas insisten con gran descaro y mayor cinismo en que se han de incluir.
Mándase el presupuesto a la aprobación del señor gobernador. ¿Qué "pero" pondrá esta vez el señor gobernador?
Ya había caído el Gobierno del Sr. Romanones y el del Sr. García Prieto, y había subido al Poder el Sr. Dato, y por tanto nueva combinación de gobernadores, y ya estaban de gloria el señor alcalde de Cabrales y estos cuatro concejales.
Para hacerse cargo de lo que hizo el señor gobernador de la provincia de Oviedo, diré que con fecha 21 de Agosto de 1914, la "Gaceta" publicó una real orden, en la que se prohíbe a los ayuntamientos la inclusión de crédito alguno para festejos en los presupuestos municipales, pues no sería equitativo, digno, moral, ni humanitario, dice dicha real orden, que mientras los menesterosos carecen de lo indispensable, se inviertan créditos del Municipio en gastos superfluos, de lo que se puede y debe prescindir.
Y en cambio, esa misma real orden autoriza a los Ayuntamientos para emprender obras y servicios para dar ocupación a los que carecen de trabajo en el término municipal.
Y se dice, además, "que deben los señores gobernadores negar permiso para la celebración de todo espectáculo público costeado o subvencionado con fondos del Municipio, concentrando, si es posible la Guardia civil precisa, para imponer la prohibición, advirtiendo a los alcaldes, que bajo su responsabilidad cuidarán de exigirles, en su caso, debiendo suspender todo acuerdo municipal de inversión de crédito para festejo; bien entendido, que si realizaren tales gastos serían reintegrados por los regidores que adopten el acuerdo y el alcalde que lo ejecutara".
Esta real orden, que aún está en vigor, es digna de todo elogio a juzgar por las circunstancias por que atraviesa España.
Pues bien; el señor gobernador civil de la provincia de Oviedo pone dicha real orden debajo de sus posaderas, y dice a la Junta municipal de Cabrales: "Exclúyase la partida consignada para la reparación de casa Ayuntamiento e inclúyase la de 1.322,25 pesetas gastadas en los festejos del 10 de Octubre de 1916".
¿Qué tal? ¿Cómo le llamaremos a esto?
Con razón el señor alcalde estaba tan contento cuando subió al poder el Sr. Dato.
Lleno de satisfacción el señor alcalde, convoca a la Junta municipal para "cumplir" la orden del señor gobernador.
Reunida la Junta, acuerda, por mayoría, lo que antes había acordado: excluir del presupuesto las 1.322,50 pesetas de la juerga del 10 de Octubre y que se incluyan 1.000 pesetas para la reparación que se hizo en el Ayuntamiento (y que aún no se les pagó a los obreros) formulando su voto particular, en el que se invoca la real orden de 21 de Agosto de 1914.
En todos los acuerdos que al efecto ha verificado la Junta municipal, hemos formulado los que protestamos contra la inclusión de esas pesetas "festejeras", nuestro voto particular, diciendo en él lo que en esencia digo yo en este artículo.
Vuelve el presupuesto extraordinario (que ahora y va el sólo) a la aprobación del señor gobernador, y este, "impone" la multa de 37,50 pesetas a los concejales y vocales asociados que no han votado por la inclusión de las 1.322,50 pesetas en el presupuesto, y… amenazando con procesar a quienes por reincidencia vuelvan a no votar por la inclusión de las pesetas festejeras, más 189,25 que el alcalde sin decir ni justificar de donde han salido, quiere incluir también.
Hay que hacer constar que el Ayuntamiento de Cabrales se compone de 11 concejales.
¿Es posible que en España puedan cometer semejantes injusticias, semejantes inmoralidades?
¿Puede un gobernador imponerse a una Junta municipal, para que esta incluya en un presupuesto extraordinario, una partida que, además de ser fuera de ley, es inmoral, un escarnio; que todas cuantas veces se ha sometido a votación ha sido rechazada por la mayoría de la Junta; que al estar de manifiesto dicho presupuesto, doce pueblos han presentado otras tantas instancias de protesta contra la inclusión de esas pesetas con las firmas de todos o casi todos los vecinos y contribuyentes del Concejo? ¿Puede ser esto tolerable, señor ministro de la Gobernación?
Si los que vamos allí elegidos por el pueblo para que administremos sus intereses, si los concejales D. Manuel Herrero, D. José López, D. Aquilino Niembro (y conste, señor, si bien es verdad que antes era uno de los que también protestaron contra la inclusión de las pesetas festejeras, ahora en cambio fue un hombre prevenido y supo librarse de la tremenda), D. Nicanor Díaz, y el que suscribe, al ser convocados el día de la nueva sesión extraordinaria que se celebre para tratar de lo que es ya hasta una vergüenza que se trate, ¿qué han de hacer?
Porque ir a votar por la no inclusión de la partida de la juerga, seremos seguramente procesados e inhabilitados por algún tiempo (que yo creo que es lo que se pretende), y si votamos por la inclusión, faltamos a nuestros deber sagrado para con el pueblo que nos ha elegido.
Los señores vocales asociados D. Aniceto Antón, D. Fausto Sánchez, D. Juan Viejo, don Antonio del Mazo y D. Fernando García, que fueron los que se han opuesto a la inclusión de la partida de la juerga ¿qué han de hacer, señor ministro de la Gobernación? ¿Para qué son las Juntas municipales? ¿O es que no somos más que testaferros?
Dice el art. 31 de la ley municipal: "La formación de los presupuestos corresponderá a los Ayuntamientos y su aprobación a las Juntas Municipales".
El art. 33 de la misma, dice: "La revisión y censura de las cuentas de los Ayuntamientos corresponderá a las Juntas municipales".
Y el art. 150 dice que los Ayuntamientos remitirán a los gobernadores los presupuestos aprobados por la Junta municipal para el solo efecto de que corrija las extralimitaciones legales si las hubiere. Y en este caso, ¿quién se extralimita?, entiendo que el señor gobernador. ¿No es verdad, señor ministro de la Gobernación?
¿No es verdad, señor Dato? ¿No es verdad, señores todos los que decís que gobernáis a España? ¿Se hará justicia esta vez? Entiendo que sí. Aunque cabe la duda. Pronto veremos el resultado.

Tomás BUENO FERNÁNDEZ
Carreña (Cabrales), 24 de Agosto de 1917.



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